Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro329083
MateriaAdministrativa,Derecho Público y Administrativo
EmisorSegunda Sala

De los artículos 18 y 19 de la Ley General de Sociedades Cooperativas, se desprende que el registro es una consecuencia legal y necesaria de la autorización para el funcionamiento de las cooperativas, y que no está subordinado a la satisfacción de requisito específico alguno.

Amparo administrativo en revisión 7996/39. Sindicato de Obreros Panaderos y Similares de Tampico y Ciudad Madero, Tamaulipas. 5 de septiembre de 1940. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro E.P., no asistió, por las razones que constan en el acta del día. R.: A.G.C..

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