Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro329082
EmisorSegunda Sala
MateriaAdministrativa

El derecho de audiencia establecido por el artículo 7o. del reglamento de la Ley General de Sociedades Cooperativas, en beneficio de los afectados por la autorización para la constitución de una sociedad cooperativa, se otorga precisamente en relación con dicha autorización y no con el registro de las cooperativas autorizadas, pues el legislador no subordinó el registro más que al otorgamiento de la autorización, bastando que se haya concedido ésta, para que el registro se efectúe.

Amparo administrativo en revisión 7996/39. Sindicato de Obreros Panaderos y Similares de Tampico y Ciudad Madero, Tamaulipas. 5 de septiembre de 1940. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro E.P., no asistió, por las razones que constan en el acta del día. R.: A.G.C..

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