Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro327943
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional
EmisorSegunda Sala

La constancia relativa a la notificación que se haga a los poseedores de unos predios, del nombramiento de depositario en un juicio no revela, por sí sola, que en ese acto se haya privado a los mismos, del poder de hecho que ejercían sobre dichos predios, sino únicamente que se dio al citado depositario una posesión virtual, la que no se traduce en posesión de hecho, que desaloje la de aquéllos. Ahora bien, si aquella notificación no privó de la posesión a los que estaban gozando de ella, eso no significa, que al no recurrirla, la hubieran consentido, para el efecto de que no pudieran reclamar, llegado el caso, el desposeimiento material; porque no estaban obligados a hacerlo, ya que ningún perjuicio legal ni material les podría ocasionar, por no ser partes en el juicio donde se dictó la resolución respectiva y también por no haber implicado, la citada notificación, un desposeimiento de hecho.

Amparo civil en revisión 3802/1940. R.N. y coagraviados. 30 de julio de 1941. Unanimidad de cinco votos. R.: G.F..

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR