Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro383830
EmisorSegunda Sala
MateriaLaboral,Derecho Laboral y Seguridad Social

El artículo 14 de la Ley del Trabajo, vigente en el Estado de Chihuahua, reformado por Decreto de 31 de julio de 1926, establece reglas para dar por concluido el contrato de trabajo, cuando es por tiempo indefinido; pero como las leyes no reglamentan los contratos, sino por suplir la falta de convenios especiales, que las partes no hayan establecido, ni la disposición citada prohibe tales convenios entre los contratantes, es claro que la misma sólo puede ser aplicable en el caso de que las partes en el contrato colectivo de trabajo, base del derecho controvertido, no hubieran convenido expresamente sobre la forma de dar por terminado el aludido contrato.

Tomo XXXV, página 2546. Indice alfabético. Amparo 2137/32. Sindicato de Obreros Panaderos "V.G.. 13 de julio de 1932. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.


Tomo XXXV, página 1185. Amparo administrativo en revisión 3201/31. Sindicato de Obreros Panaderos "V.G.. 9 de junio de 1932. Unanimidad de cinco votos. R.: L.M.C..


Tomo XXXV, página 626. Amparo administrativo en revisión 3201/31. Sindicato de Obreros Panaderos "V.G.. 26 de mayo de 1932. Unanimidad de cinco votos. R.: A.C.C..

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