Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro383788
EmisorSegunda Sala
MateriaLaboral

De conformidad con las disposiciones relativas de la Ley Federal del Trabajo, las cuestiones de competencia pueden promoverse por declinatoria o por inhibitoria; promovida la declaración en el término de 24 horas, la Junta respectiva resolverá de plano si se considera competente, o no; en el primer caso, continuará la tramitación del negocio, y en el segundo, remitirá el expediente a la central o a la federal, según el caso, para que resuelvan en definitiva. En tal virtud, pudiendo ser revisadas por el superior, las declaraciones que dicten las Juntas en cuestiones de competencia, no es procedente ir desde luego al amparo contra la resolución de una Junta, declarándose incompetente, toda vez que existe un recurso ante la potestad común.

Amparo en materia de trabajo. Revisión del auto que desechó la demanda 11685/32. León R.. 12 de enero de 1933. Unanimidad de cinco votos. R.: L.M.C..

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