Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro326504
MateriaAdministrativa
EmisorSegunda Sala

Si bien la obligación de pagar el impuesto sobre la renta, no puede impedir la creación del nuevo impuesto denominado del superprovecho, éste debe exigirse a partir del momento en que entró en vigor, y en la nueva ley se exige el pago del nuevo impuesto sobre operaciones ejecutadas bajo el imperio de la ley anterior, puesto que el artículo 2o. transitorio, expresa: "que el impuesto establecido por esta ley, gravará el resultado de los balances que se practiquen con posterioridad a la fecha en que ella entre en vigor". En consecuencia, la aplicación de este precepto es violatoria de la garantía del artículo 14 constitucional, que consagra el principio de la retroactividad de la ley, en perjuicio de persona alguna, cuando el balance se refiere a operaciones realizadas con anterioridad a la vigencia de la ley, porque dicho balance no es más que una operación de índole económica, que se traduce en términos aritméticos, para comparar la serie de ingresos y de egresos de una negociación, o sea, la determinación del activo y del pasivo de la misma.

Amparo administrativo en revisión 9239/41.- Ford Motor Co., S.A.- 31 de julio de 1942.- Unanimidad de cuatro votos. El Ministro O.M.G. no intervino en la resolución de este asunto, por las razones que constan en el acta del día. Relator: F.C..

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