Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro325495
MateriaAdministrativa
EmisorSegunda Sala

Si la Sala del Tribunal Fiscal responsable, pronunció sentencia adversa en parte a los intereses de la quejosa, y ésta, considerando erróneamente que contra ese fallo procedía amparo directo, presentó ante la misma Sala su demanda de garantías, la que dictó el siguiente proveído: "Original remítase a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el escrito de fecha seis del presente mes, con sus cinco copias y el anexo, a fin de que se sirva acordar lo que a bien tenga, respecto a la demanda que se pretende hacer valer"; con esto procedió correctamente y no puede decirse que haya dejado de observar el artículo 168 de la Ley Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Federal, por no tocar a esta Suprema Corte el conocimiento de la demanda mencionada. Por tanto, si el referido artículo 168 es aplicable a los juicios de amparos directos y la indicada demanda no está sujeta a la tramitación establecida en este concepto, es claro que la Sala responsable no incurrió en las omisiones que se le imputan.

Amparo administrativo en revisión 9562/42. A.A., sucesión de. 24 de marzo de 1943. Unanimidad de cinco votos. R.: G.F..

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