Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro325122
EmisorSegunda Sala
MateriaAdministrativa

Si se atribuyen al jefe del Departamento de Salubridad Pública, los actos de cumplimiento y ejecución del Reglamento de Droguerías, Farmacias, Laboratorios y Establecimientos Similares, y en el informe previo, esa autoridad omite informar sobre esos actos, de acuerdo con el artículo 132 de la Ley de Amparo, debe considerarse que la ejecución del ordenamiento citado, es un acto inminente, y la circunstancia de que en la demanda de amparo se manifieste que aún no se verifican esos actos, no es razón suficiente para estimar que no existe materia para la suspensión, ya que basta que sean inminentes tales actos, para que proceda el estudio sobre si son susceptibles de suspenderse.

Tomo LXXV, página 8945. I.A.. Incidente de suspensión 9593/42. Farmacia Santa Clara, S. de R.L. 14 de enero de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: O.M.G..


Tomo LXXV, página 999. Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 9506/42. G.R.E.. 14 de enero de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: A.F.R.. R.: O.M.G..

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