Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro324779
MateriaComún
EmisorSegunda Sala

El Juez de Distrito no infringe los artículos 232 y 258 del Código Federal de Procedimientos Civiles, si da valor probatorio pleno a la prueba documental aportada al juicio por la parte quejosa, si dicha prueba se contrae a documentos que provienen de las responsables y que por tener el carácter de públicos u oficiales, tienen pleno valor con arreglo a las disposiciones legales citadas.

Amparo administrativo en revisión 1925/41. G.M. y coagraviados.- 8 de abril de 1943.- Unanimidad de cinco votos. Relator: F.C..

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