Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro323983
MateriaAdministrativa,Derecho Público y Administrativo
EmisorSegunda Sala

Si la clausura del expendio de pan que en traspaso adquirió el quejoso, fue dictada en una fecha en que dicho expendio no le había sido traspasado, es claro que a partir de esa fecha empezó a correr el término para reclamar en la vía de amparo tal clausura, por quien entonces representaba los derechos de propiedad, mismos que en el estado que tenían se trasmitieron al agraviado, y el hecho de que éste adquiriera en traspaso el indicado expendio en tales condiciones, y nueve días mas tarde interpusiera su demanda de garantías, no nulifica el vicio de extemporaneidad de la misma, porque los derechos y obligaciones de anteriores propietarios pasaron al quejoso, en las condiciones que guardaban, pues de otra manera bastaría el simple cambio de propietario para que prorrogara el término de ley de que se trata, lo cual no es jurídico.

Amparo administrativo en revisión 9060/43. L.M.P.. 21 de febrero de 1944. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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