Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro323138
MateriaAdministrativa
EmisorSegunda Sala

Por ley privativa debe entenderse aquella que pugna con el sistema de generalidad, en cuanto a su observancia, que rige en nuestra legislación, y que sólo se contrae a determinadas personas y cosas individualmente determinadas, circunstancias que no concurren en el caso de la Ley de Depuración de Créditos a cargo del Gobierno Federal.

Amparo administrativo en revisión 8840/43. B.E.. 29 de noviembre de 1944. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR