Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro322860
EmisorSegunda Sala
MateriaComún

Dentro de la más elemental lógica jurídica no puede decirse que, si la jurisprudencia de la Corte es obligatoria, no pueda servir de apoyo a las sentencias que se dicten, aun cuando no fuera obligatoria, ni tampoco pueda inferirse que por no ser jurisprudencia, debe desecharse, en virtud de que, la respetabilidad de este Alto Tribunal, lo capacita para iniciar la formación de una jurisprudencia, que sólo podrá ser modificada por él mismo, en los casos y condiciones que prevé la citada ley, lo cual da a las resoluciones que dicte, la característica indudable de respetabilidad, mientras no modifique el sentido de tal criterio.

Revisión fiscal 30/48. Secretaría de Hacienda y Crédito Público. (H. y A. de México, S.A). 10 de octubre de 1949. Unanimidad de cinco votos. Ponente: A.F.R..

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR