Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro322741
MateriaAdministrativa,Derecho Público y Administrativo
EmisorSegunda Sala

Conforme a las tesis establecidas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, respecto a la retroactividad de la ley, si una empresa minera ha venido operando sus plantas de beneficio de metales, sin necesidad de obtener concesión alguna sobre el particular, porque ninguna ley exigía tal requisito, es indudable que tenía ya adquirido el derecho sobre el particular, y en estas condiciones al establecer el decreto de 31 de diciembre de 1943, que todas las plantas de beneficio requerirían el otorgamiento de concesiones, aun aquellas que de acuerdo con las leyes anteriores, no necesitaban legalmente tal requisito, se está en presencia de un caso típico de la retroactividad de la ley, porque se priva a la citada empresa de un derecho adquirido que había entrado en su patrimonio, pues se modifica la situación jurídica en que se encontraba.

Amparo administrativo en revisión 3200/44. Compañía Metalúrgica de Peñoles, S. A. 7 de febrero de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: A.F.R.. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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