Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro322125
MateriaLaboral,Derecho Laboral y Seguridad Social
EmisorSegunda Sala

No es posible que el pago de los aumentos a que se refiere el artículo 2o. del decreto de septiembre de 1943, a personas que disfruten de dos o más empleos, se haga abonando la bonificación que corresponda a la cifra que resulte de sumar los diversos sueldos que percibe una misma persona, pues en ninguna de las disposiciones de dicho decreto se previene así, y el artículo 1o., del mismo, no determina que se haga tal bonificación, sino únicamente que los sueldos y salarios se aumenten conforme a la tabla anexa del repetido decreto.

Amparo administrativo en revisión 8153/45. O.C.S. y coags. 7 de febrero de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: F.C.. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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