Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro321045
MateriaComún
EmisorSegunda Sala

Cuando el amparo se endereza contra una de las autoridades responsables, no se puede, conforme a las disposiciones del juicio de garantías, decidir sobre actos de la otra, pues que equivaldría no solamente a suplir la deficiencia de la queja, sino a decidir una controversia sobre la responsabilidad constitucional, sin oír a la parte afectada y sin conocer las razones que le sirvieron de apoyo. Por tanto, solicitada la protección federal contra la autoridad ejecutora, únicamente puede ocuparse el juzgador de los vicios propios de la ejecución, salvo, naturalmente que no esté apoyada en resolución de autoridad competente.

Amparo en revisión 4884/46. A.G.M.. 9 de mayo de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: T.O. y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.


Tomo L, página 75. Amparo administrativo en revisión 5209/36. R.S.J.A. 3 de octubre de 1936. Unanimidad de cuatro votos. R.: A.A.. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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