Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro318644
MateriaAdministrativa,Derecho Fiscal,Derecho Público y Administrativo
EmisorSegunda Sala

Estando exentos del pago de impuestos los ingresos provenientes de los contratos celebrados con la Federación, Estados y Municipios, para la ejecución de obras públicas, y existiendo en autos prueba fehaciente de que las obras de que se trata se concertaron con el Gobierno Federal "por conducto" del Banco Nacional de Crédito Agrícola y G., consistentes en trabajos de perforación de pozos profundos para riego y equipo de bombeo, debe estimarse que el mencionado banco no tuvo más papel que el de una institución fiduciaria y no el de contratante directo, por lo que los ingresos provenientes de dicho contrato están exentos del ingresos mercantiles.

Revisión fiscal 247/52. Secretaría de Hacienda (Compañía Constructora de Obras Públicas Lautaro, S.A.). 12 de marzo de 1953. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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