Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro316259
MateriaComún
EmisorSegunda Sala

Cuando los agravios que se hacen valer contra la resolución del inferior que sobresee el juicio se concretan a asegurar que es clarísimo el interés de la sociedad quejosa sin objetarla fundadamente, la Sala no puede suplir esta deficiencia porque, de hacerlo, estaría substituyendo a la parte quejosa y violaría el artículo 91 de la Ley de Amparo, aparte de que, si no se expone argumentación alguna que tienda a impugnar la legalidad de la sentencia del Juez de Distrito, mediante la demostración de violaciones a la Ley, de fondo o forma, en que incurre la sentencia que sobresee, no es posible tomar en cuenta los mencionados agravios, puesto que no reúnen los requisitos que la técnica del Derecho Procesal señala para el efecto y deben desecharse.

Amparo en revisión 2107/49. Cía. de las Fábricas de Papel de San Rafael y Anexas, S. A. 24 de septiembre de 1956. Unanimidad de cinco votos. Ponente: O.M.G..

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR