Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro269055
MateriaAdministrativa
EmisorSegunda Sala

El hecho de que se solicite permiso de importación invocando determinadas franquicias establecidas por la ley, y que se conceda el permiso, no trae la consecuencia de una resolución favorable por parte de la autoridad fiscal, concediendo las franquicias; por lo que si en el caso la Dirección General de Aduanas, a través de su Departamento Pericial Calificador, concedió un permiso de importación al quejoso, con la taxativa de asegurar el interés fiscal y de llenar los requisitos establecidos para los casos de importación con franquicia, esto quiere decir que lo único que se le concedió fué el permiso para importar, pero no para importar con franquicia, ya que esto último quedó sujeto al reconocimiento aduanal para determinar si la mercancía se encuentra dentro de la ley.

Amparo en revisión 7210/56. Justo A.. 21 de agosto de 1957. Cinco votos. Ponente: A.F.R..

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