Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro266128
MateriaAdministrativa
EmisorSegunda Sala

No es idóneo el argumento que sostiene que en virtud de ser una quejosa afiliada al Instituto Mexicano del Seguro Social está obligada a agotar el recurso administrativo establecido en el artículo 133 de la Ley del Seguro Social, si la orden de cobro en un procedimiento económico coactivo deriva de prestaciones patronales causadas por una empresa de la que es ajena y, consiguientemente, su carácter de tercero extraño en ese procedimiento deja expedito el ejercicio de su derecho para promover el juicio constitucional.

Amparo en revisión 800/64. B.L.D.. 7 de octubre de 1964. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: P.G.M..



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