Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro265232
MateriaAdministrativa,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional
EmisorSegunda Sala

El artículo 11, inciso 3o. de la Ley de Depuración de Créditos a cargo del Gobierno Federal, establece el recurso de queja ante el Pleno del Tribunal Fiscal de la Federación en contra del fallo de la Sala Fiscal correspondiente. Para el efecto examinando la palabra "fallo" tiene la connotación jurídica de sentencia definitiva, es decir, la resolución que decide el fondo del negocio, de conformidad con el artículo 220 del Código Federal de Procedimientos Civiles; por tanto, si el acto reclamado en el juicio de garantías no es un fallo, sino la resolución de una Sala Fiscal que sobreseyó el juicio correspondiente, el quejoso no tiene obligación de agotar el recurso ordinario de queja establecido para casos distintos al de la especie.

Amparo en revisión 2557/61. H.P.H.. 7 de marzo de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: F.T.R..

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