Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro265123
MateriaAdministrativa,Derecho Fiscal,Derecho Público y Administrativo
EmisorSegunda Sala

Los rodillos de metal con ejes de hierro recubiertos de plomo, que en su parte exterior tienen dibujos cuadriculados, caen, para el cobro del impuesto de importación, dentro de la fracción arancelaria genérica 84.31.C.999, y no dentro de la específica 84.31.002, toda vez que la materia de que están recubiertos es metálica, y la fracción últimamente citada se refiere a cilindros o rodillos metálicos recubiertos de otras materias, debiendo concluirse que son distintas a las metálicas, tomando en cuenta que la partida 84.31 de la Tarifa del Impuesto General de Importación comprende máquinas o aparatos para la fabricación de pasta celulósica (pasta de papel) o para la fabricación o acabado de papel o de cartón; por su parte, la subpartida "C" abarca "partes o piezas sueltas" y la fracción 002 se refiere a "cilindros o rodillos metálicos recubiertos de otras materias", excepto los comprendidos en la fracción 84.31.C.001 (cilindros o rodillos recubiertos con materias abrasivas a base de carburo de silicio o de coridón, con peso unitario superior a 500 kgs.); es decir, la fracción arancelaria 84.31.C.002 comprende los cilindros o rodillos metálicos siempre que sean partes o piezas sueltas de las máquinas o aparatos para la fabricación de pasta celulósica o para la fabricación o acabado de papel o de cartón, recubiertos de otros materiales diversos a los metálicos, con excepción de aquéllos que están recubiertos con materias abrasivas a base de carburo de silicio (combinación de carbono con sílice) o de coridón (piedra preciosa).

Amparo en revisión 375/67. E.A.. 5 de abril de 1968. Cinco votos. Ponente: J.I..

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