Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro239342
MateriaAdministrativa,Derecho Público y Administrativo
EmisorSegunda Sala

Si de acuerdo con los artículos 4o., 6o., y 7o. del decreto reclamado, las cuotas de rehabilitación se establecen a cargo de los usuarios de los distritos de riego, independientemente de su carácter de ejidatarios, colonos o pequeños propietarios, su monto se determina en proporción a la extensión del predio beneficiado de cada usuario y se previenen sanciones por falta de pago en contra de cada usuario en particular, debe concluirse que tales cuotas de rehabilitación sólo afectan los intereses individuales de cada usuario, que en lo particular, hubiere sido beneficiado con las obras de rehabilitación. Por tanto, no afectando los actos reclamados los intereses jurídicos del poblado ejidal quejoso, procede decretar el sobreseimiento con fundamento en el artículo 73, fracción V, de la Ley de Amparo.

Amparo en revisión 5911/68. Ejido Jitonhueca, Municipio de Etchojoa, Sonora. 20 de marzo de 1969. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: P.G.M..

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