Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro237205
EmisorSegunda Sala
MateriaAdministrativa

Cuando el resultado de la prueba testimonial sea trascendente para el sentido del fallo porque con tal prueba se pretenda acreditar la existencia de los actos reclamados, resulta injustificado que el Juez de Distrito declare desierta la prueba mencionada aduciendo que los oferentes de la misma no presentaron a los testigos en la audiencia constitucional, si no existe constancia de que el juzgador haya requerido a los promoventes para que efectuaran tal presentación, ni mucho menos que los haya apercibido de tener por desierta la aludida prueba si no presentaban a los mencionados testigos. La citada determinación del juzgador amerita la reposición del procedimiento para el efecto de que se reciba dicha prueba.

Amparo en revisión 5574/85. Comunidad Indígena de "T.J. del Monte", Municipio de Maravatío, Michoacán. 19 de febrero de 1986. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: F.M.F.. Secretario: A.A.C..


Séptima Epoca, Tercera Parte:


Volúmenes 193-198 página 60. Amparo en revisión 357/85. Comisariado Ejidal de S.J. de Ocotán, Municipio de Zapopan, J.. 17 de junio de 1985. Cinco votos. Ponente: C. de S.N.. Secretario: J.M.M.D..


Volúmenes 145-150 página 32. Amparo en revisión 4458/79. A.C.A. y otros (Poblado Quicayán, Municipio de Tecomatlán, Puebla). 4 de febrero de 1981. Cinco votos. Ponente: A.S.R.. Secretario: A.N.V..


Nota: En los Informes de 1981, 1985, 1986 y en el Apéndice 1917-1985, página 309, la tesis aparece bajo el rubro "PRUEBA TESTIMONIAL, DESECHAMIENTO DE LA. REPOSICION DEL PROCEDIMIENTO EN MATERIA AGRARIA.".

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