Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 1 de Octubre de 2003 (Tesis num. 2a. CXVI/2003 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 01-10-2003 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | 2a. CXVI/2003 |
Fecha de publicación | 01 Octubre 2003 |
Fecha | 01 Octubre 2003 |
Número de registro | 182922 |
Materia | Constitucional |
Localizador | Novena Época; Segunda Sala; Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta; XVIII, Octubre de 2003; Pág. 64; [T.A.]; |
Emisor | Segunda Sala |
El artículo 123, apartado B, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece, en sus diversas fracciones, los derechos que tienen los trabajadores al servicio del Estado, así como las normas básicas aplicables a las relaciones de trabajo que serán materia de regulación pormenorizada a través de la ley reglamentaria correspondiente. Asimismo clasifica a dichos trabajadores en dos sectores: de base y de confianza. Ahora bien, la fracción XIV del referido artículo constitucional, al prever expresamente que la ley determinará los cargos que serán considerados de confianza y que las personas que los desempeñen disfrutarán de las medidas de protección al salario y de seguridad social, limita algunos de sus derechos como el relativo a la estabilidad o inamovilidad en el empleo previsto en la fracción IX, así como el derecho a sindicalizarse a que se refiere la fracción X, los cuales reserva para los trabajadores de base. Sin embargo, tales limitaciones son excepcionales, pues los trabajadores de confianza tienen reconocidos sus derechos laborales en la aludida fracción XIV, conforme a la cual gozarán de los derechos derivados de los servicios que prestan en los cargos que ocupan, esto es, de la protección al salario, que no puede ser restringido, así como la prerrogativa de obtener el pago de prestaciones como aguinaldo y quinquenio, además de todos los derivados de su afiliación al régimen de seguridad social, dentro de los cuales se incluyen, entre otros, los seguros de enfermedades y maternidad, de riesgos de trabajo, de jubilación, de retiro, por invalidez, servicios de rehabilitación, préstamos para adquisición de casa, entre otros.
Amparo directo en revisión 813/2003. A.E.C. y C.. 8 de agosto de 2003. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: J.V.A.A.. Ponente: J.D.R.. Secretaria: S.V.Á.D..
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Ejecutoria de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala
...hacer el pronunciamiento correspondiente. Apoya la consideración que antecede, por identidad de razones y en lo conducente, la tesis 2a. CXVI/2003, sustentada por la Segunda S. de la honorable Suprema Corte de Justicia de la Nación, publicada en la página sesenta y cuatro, del Semanario Jud......
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Acuerdo de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente ST-JLI-0007-2023-Acuerdo2), 2023
...[31] Novena Época, Instancia: Segunda Sala, Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo: XVIII, octubre de 2003, Tesis: 2a. CXVI/2003, Página: 64. [32] Novena Época, Instancia: Segunda Sala, Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo: XVIII, octubre de 2......
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 30-04-2004 (AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1665/2003)
...Novena Época. Instancia: Segunda Sala. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Tomo: XVIII, Octubre de 2003. Tesis: 2a. CXVI/2003. P.ina: “TRABAJADORES DE CONFIANZA AL SERVICIO DEL ESTADO. LA LEY REGLAMENTARIA QUE LOS EXCLUYE DE LA APLICACIÓN DE LOS DERECHOS QUE TIENEN LOS ......
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 25-11-2005 (AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 769/2005)
...Y DE SEGURIDAD SOCIAL.” (Novena Época, Segunda Sala, Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, tomo XVIII, Octubre de 2003, tesis 2a. CXVI/2003, página 64), en las que ha interpretado que dichos servidores públicos no gozan de la estabilidad en el empelo, esto es, que en ningún caso ......