Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 1 de Diciembre de 2001 (Tesis num. 2a. CCXXXIV/2001 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 01-12-2001 (Tesis Aisladas))

Número de registro188165
Número de resolución2a. CCXXXIV/2001
Fecha de publicación01 Diciembre 2001
Fecha01 Diciembre 2001
Localizador9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XIV, Diciembre de 2001; Pág. 370
EmisorSegunda Sala
MateriaAdministrativa,Derecho Público y Administrativo

De lo dispuesto en el artículo 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se desprende que la administración pública federal presenta dos formas de existencia: la centralizada y la paraestatal. Las razones del desdoblamiento de la administración pública estriban en la circunstancia de que las atribuciones del poder público se han incrementado con el tiempo, es decir, de un Estado de derecho se ha pasado a un Estado social de derecho, donde el crecimiento de la colectividad y, los problemas y necesidades de ésta, suscitaron una creciente intervención del ente público en diversas actividades, tanto en prestación de servicios como en producción y comercialización de productos. Así, en la década de los ochenta, se llevaron a cabo profundos cambios constitucionales que dieron paso a la llamada rectoría económica del Estado y, consecuentemente, la estructura estatal se modificó y creció, específicamente en el ámbito del Poder Ejecutivo, en cuyo seno se gestó la llamada administración paraestatal que incluye, en términos del artículo 1o. de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, entre otros, a los organismos descentralizados, que aun cuando tienen personalidad jurídica, patrimonio propio y gozan de una estructura separada del aparato central, son parte integrante de la citada administración pública federal, en su faceta paraestatal.

Amparo en revisión 198/2001. Banco Inbursa, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Inbursa. 17 de octubre de 2001. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: J.D.R.. Ponente: J.V.A.A.. Secretario: E.G.R.G..


Amparo en revisión 358/2001. Inversora Bursátil, S.A. de C.V., Casa de Bolsa, Grupo Financiero Inbursa. 14 de noviembre de 2001. Cinco votos. Ponente: G.I.O.M.. Secretario: R.C.C..


Amparo en revisión 47/2001. Seguros Inbursa, S.A. de C.V. 23 de noviembre de 2001. Cinco votos. Ponente: J.V.A.A.. Secretaria: C.T.S.R..





5 sentencias
1 artículos doctrinales

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR