Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 1 de Junio de 1999 (Tesis num. 2a. LXXXII/99 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 01-06-1999 (Tesis Aisladas))
Número de registro | 193840 |
Número de resolución | 2a. LXXXII/99 |
Fecha de publicación | 01 Junio 1999 |
Fecha | 01 Junio 1999 |
Localizador | 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; IX, Junio de 1999; Pág. 370 |
Emisor | Segunda Sala |
Materia | Administrativa,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Público y Administrativo,Derecho Procesal |
De conformidad con la fracción VII del artículo 17 de la Ley de Justicia Administrativa para el Estado de Nuevo León, el Tribunal de lo Contencioso Administrativo es competente para conocer de los juicios que se promueven, entre otros casos, contra los actos o resoluciones dictados en materia de pensiones con cargo al erario estatal, de los Municipios de la entidad o de las instituciones municipales o estatales de seguridad social. En consecuencia, de la demanda en que un Magistrado del Poder Judicial del Estado de Nuevo León solicita el incremento a una pensión como beneficiario del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Nuevo León, debe conocer el Tribunal de lo Contencioso Administrativo de esa entidad y no el Tribunal de Arbitraje, en razón de ser una prestación de carácter de seguridad social la que se demanda sólo a cargo de dicho instituto y no una cuestión directamente derivada de la relación laboral.
Competencia 30/99. Suscitada entre el Tribunal de Arbitraje del Estado de Nuevo León y el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del mismo Estado. 26 de marzo de 1999. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: S.S.A.A.. Ponente: J.V.A.A.. Secretaria: C.T.S.R..
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 12-08-2009 ( CONTRADICCIÓN DE TESIS 176/2009 )
...son: (Novena Época. Instancia: Segunda Sala. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, T.I., junio de 1999, tesis 2a. LXXXII/99, página "COMPETENCIA. CORRESPONDE AL TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, CONOCER DE LAS DEMANDAS PROMOVIDAS POR LOS ......
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Ejecutoria num. 13/2006 de Tribunales Colegiados de Circuito, 01-05-2007 (CONFLICTO COMPETENCIAL)
...laboral." (Novena Época. Instancia: Segunda Sala. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Tomo IX, junio de 1999. Tesis 2a. LXXXII/99. Página 370). Luego, si en el caso la actora reclama del instituto demandado el incremento de la pensión por jubilación y el pago de diferen......