Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 1 de Febrero de 1998 (Tesis num. 2a. VII/98 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 01-02-1998 (Tesis Aisladas))

Número de resolución2a. VII/98
Fecha de publicación01 Febrero 1998
Fecha01 Febrero 1998
Número de registro196895
Localizador9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; VII, Febrero de 1998; Pág. 229
EmisorSegunda Sala
MateriaComún

El exacto cumplimiento de la sentencia de amparo obliga a las autoridades responsables no sólo a acatar lo resuelto, sino también a tomar las medidas necesarias que garanticen la eficacia real de la sentencia protectora. Así, en el caso de que órganos inferiores de las autoridades responsables, por sí mismos o incitando a terceros, realicen nuevamente actos similares a los declarados inconstitucionales o los consientan, las propias responsables incurren en la repetición de los actos reclamados si asumen una actitud pasiva que denote su falta de interés en acatar plenamente el fallo protector, en cuanto que, con ello, se refleja la omisión de tomar las acciones pertinentes para que las cosas vuelvan al estado en que se encontraban antes de la violación que debe repararse.

Inconformidad 325/97. M.E.P.N.. 16 de enero de 1998. Cinco votos. Ponente: J.D.R.. Secretario: A.S.L..




2 sentencias

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