Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 1 de Enero de 1997 (Tesis num. 2a. CXXI/96 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 01-01-1997 (Tesis Aisladas))
Número de registro | 199520 |
Número de resolución | 2a. CXXI/96 |
Fecha de publicación | 01 Enero 1997 |
Fecha | 01 Enero 1997 |
Localizador | 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; V, Enero de 1997; Pág. 227 |
Emisor | Segunda Sala |
Materia | Laboral,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Procesal |
Si en un conflicto competencial entre un Tribunal de Arbitraje Municipal y una Junta de Conciliación y Arbitraje, motivado porque ambas autoridades rechazan conocer de la demanda promovida por un trabajador en contra de un ayuntamiento, se demuestra que éste es patrón sustituto de un particular que tenía con el actor una relación laboral ordinaria y que, además, éste reclama prestaciones que sólo pueden tener fundamento en la Ley Federal del Trabajo que rigió la prestación de servicios, debe resolverse que es competente la Junta de Conciliación y Arbitraje y no el Tribunal de Arbitraje Municipal, como aparentemente correspondería atendiendo al ente demandado. Ello es así, por respeto a la naturaleza de la relación de trabajo de la que emana el conflicto, pues de lo contrario, existiría el riesgo de que en otro régimen jurídico las prestaciones reclamadas se encuentren limitadas o coartadas, en perjuicio del actor.
Competencia 348/96. Suscitada entre el Tribunal de Conciliación y Arbitraje del Estado de Michoacán, la Junta Especial Número Dos de la Local de Conciliación y Arbitraje de la misma entidad federativa, y la Junta Especial Número Treinta de la Federal de Conciliación y Arbitraje. 15 de noviembre de 1996. Cinco votos. Ponente: J.D.R.. Secretario: A.C.G..
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Ejecutoria num. 82/2023 de Plenos Regionales, 22-09-2023 (CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS (ANTES CONTRADICCIÓN DE TESIS))
...autoridad judicial que debe conocer y resolver del conflicto (tribunal laboral o tribunal burocrático). 47. En efecto, en la tesis aislada 2a. CXXI/96 la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que el tipo de régimen conforme al cual se desarrolló la relación jurí......
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Sentencia con número de expediente 70/2022. Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Decimosexto Circuito, con residencia en Guanajuato, Gto, 2022-08-31
...de los servicios que prestaba como ********* ** ****** **** ********* **** ******. Este criterio se basa en la tesis aislada 2a. CXXI/96, sustentada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la CONFLICTO COMPETENCIAL 70/2022 23 Nación, cuyo tenor es el siguiente: “COMPETENCIA L......
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 06-03-2013 (CONTRADICCIÓN DE TESIS 9/2013)
...Asimismo, es aplicable sobre el tema tratado, el criterio sostenido por la Segunda Sala del Alto Tribunal, en la tesis número 2a. CXXI/96, publicada en la página doscientos veintisiete, del Tomo V, enero de mil novecientos noventa y siete, Novena Época, del Semanario Judicial de la Federaci......
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Sentencia con número de expediente 9/2022. Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Séptimo Circuito, con residencia en Xalapa, Veracruz, 2022-06-14
...las prestaciones se encuentren limitadas o coartadas en perjuicio del actor. Sirve de apoyo a lo anterior, por analogía, la tesis aislada 2a. CXXI/96, emitida por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, visible en la página 227, Tomo V, Enero de 1997, Materia Laboral, ......