Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 1 de Agosto de 1997 (Tesis num. 2a. LXXXIV/97 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 01-08-1997 (Tesis Aisladas))

Número de registro197901
Número de resolución2a. LXXXIV/97
Fecha de publicación01 Agosto 1997
Fecha01 Agosto 1997
Localizador9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; VI, Agosto de 1997; Pág. 193
EmisorSegunda Sala
MateriaLaboral,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Procesal

De conformidad con lo establecido en sus estatutos, la mencionada sociedad está constituida como una empresa de participación estatal mayoritaria, cuyo objeto es practicar, con el carácter de institución nacional de seguros, de acuerdo con la autorización del Gobierno Federal otorgada por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el seguro, coaseguro, reaseguro y contraseguro, en las protecciones de vida, accidentes y enfermedades, así como de daños en los ramos de: responsabilidad civil y riesgos profesionales, marítimo y transportes, incendio, agrícola, automóviles y diversos. Por tanto, debe considerarse que la citada institución queda comprendida en el supuesto previsto en el subinciso 1, inciso b), de la fracción XXXI del apartado A del artículo 123 constitucional, en la medida en que la misma es parte integrante de la administración pública paraestatal y, en consecuencia, de los conflictos laborales promovidos en su contra, corresponde conocer a la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje.

Competencia 203/97. Suscitada entre la Primera Sala del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje y la Junta Especial Número Uno de la Local de Conciliación y Arbitraje en el Estado de México. 20 de junio de 1997. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: G.I.O.M., en ausencia de él, hizo suyo el proyecto el Ministro G.D.G.P.. Secretario: A.E.B.L..

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