Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 1 de Mayo de 1996 (Tesis num. 2a. XXVII/96 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 01-05-1996 (Tesis Aisladas))

Número de resolución2a. XXVII/96
Fecha de publicación01 Mayo 1996
Fecha01 Mayo 1996
Número de registro200613
Localizador9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; III, Mayo de 1996; Pág. 249
EmisorSegunda Sala
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Derecho Procesal

El Pleno de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación, ha sostenido en la tesis denominada "INCIDENTE DE INEJECUCION DE SENTENCIA Y RECURSO DE QUEJA. SON CONTRADICTORIOS Y NO PUEDEN COEXISTIR", que el incidente y recurso en cuestión se excluyen entre sí, pues el primero tiene como base la desatención de las responsables a una ejecutoria de amparo, en tanto que el último, se refiere al caso en que la sentencia de amparo se ejecutó, aunque en forma que puede resultar defectuosa o excesiva. En tal virtud, si se encuentra demostrado que la responsable no incurrió en actitudes de dilación y real evasiva de la sentencia protectora, sino que realizó los actos con los que consideró se apegaba a lo ordenado y, además, se acredita que la parte quejosa interpuso recurso de queja, debe concluirse que el primero deviene improcedente, por haber desaparecido la abstención de la autoridad que le dio origen.

Incidente de inejecución 115/94. M.L.D.M. de Villareal y otros. 17 de abril de 1996. Cinco votos. Ponente: G.D.G.P.. Secretario: V.F.M.C..

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