Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro815071
MateriaAdministrativa
EmisorSegunda Sala

La demostración de que el quejoso tiene a su favor certificado de inafectabilidad en relación con las tierras en disputa, es suficiente para estimar que, aunque el mismo sea causahabiente de los primitivos propietarios del terreno, quienes iniciaron un juicio anterior a la venta de dichas tierras y a la expedición de los certificados de inafectabilidad, el nuevo juicio iniciado por el quejoso, no queda comprendido dentro de la causal de improcedencia prevista en la fracción IV del artículo 73 de la Ley de Amparo, pues la situación jurídica que existía al iniciarse el primer amparo, antes de la expedición de dichos certificados, es diversa de la existente en la actualidad.

Amparo en revisión 320/61. J.T.G.L.. 4 de enero de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: F.C.. Ponente: R.M.E.. Secretario: L. de la Hoz Chabert.

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