Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis num. 499 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro901172
MateriaConstitucional,Derecho Constitucional
EmisorSegunda Sala

El citado precepto, establece el horario y los días a que deben sujetarse los supermercados con licencia para la venta de bebidas alcohólicas, es una disposición de carácter autoaplicativo, en razón de que las obligaciones que impone nacen desde que inicia su vigencia sin necesidad de que se actualice condición alguna, lo que no sucede cuando la solicitud de la licencia se hizo después de que entró en vigor, en cuyo caso, el supuesto de la norma se actualiza hasta que se resuelve el permiso correspondiente, momento a partir del cual está en aptitud de impugnarlo.

Amparo en revisión 502/98.-Concepción E.P.M. de abril de 1998.-Cinco votos.-Ponente: G.D.G. Pimentel.-Secretaria: R.B.V..


Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, T.V., junio de 1998, página 146, Segunda Sala, tesis 2a. XCIV/98.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR