Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis num. 2555 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro903228
MateriaConstitucional,Derecho Constitucional,Derecho Procesal
EmisorSegunda Sala

De conformidad con lo dispuesto por los artículos 107, fracción VIII, inciso a), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 84, fracción I, inciso a), de la Ley de Amparo; 21, fracción II, inciso a), de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y el Acuerdo 7/1995, punto tercero, fracción I, emitido por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el diecinueve de junio de mil novecientos noventa y cinco; cuando el acto reclamado se haga consistir en un decreto en materia administrativa expedido por el Presidente de la República con fundamento en el artículo 89, fracción I, de la Constitución General de la República, si reúne las características de generalidad, impersonalidad y abstracción, la Segunda Sala de este Alto Tribunal es competente para conocer del recurso de revisión relativo, porque teniendo el decreto tales peculiaridades, sus efectos se equiparan a los de un reglamento emitido por el propio Ejecutivo Federal.

Amparo en revisión 1970/96.-Grupo Video Visa, S.A. de C.V. y otros.-18 de octubre de 1996.-Cuatro votos.-Ausente: M.A.G..-Ponente: G.D.G. Pimentel.-Secretaria: G.R.D..


Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo IV, noviembre de 1996, página 244, Segunda Sala, tesis 2a. CIV/96.

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