Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis num. 13 (H) de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro912941
MateriaOtra
EmisorSegunda Sala

DECRETO DE EXPROPIACIÓN PETROLERA-[TESIS HISTÓRICA].-

No procede la suspensión contra la ejecución del decreto de 18 de marzo de 1938, que ordenó la expropiación de los bienes de compañías petroleras que actuaban en el país, en virtud de que esa disposición se funda en causas de utilidad pública; de donde resulta que de concederse la suspensión, se perjudicarían los intereses sociales. Aun cuando el decreto en cuestión no hubiera incluido de manera expresa a la quejosa, debe atenderse a la afirmación que hace la Secretaría de la Economía Nacional, en el sentido de que la Compañía Petrolera Titania, S.A., es subsidiaria de la compañía denominada "Huasteca Petroleum Company", pues al resolverse el incidente de suspensión debe apreciarse, más bien dicho, debe tomarse en toda su integridad la afirmación que haga la autoridad señalada como responsable, mientras no se acredite lo contrario.

Incidente de suspensión en amparo 7945/38.-Compañía Petrolera Titania, S.A.-5 de julio de 1939.-Cinco votos.-La publicación no menciona el nombre del ponente.

Amparo 8237/38.-Compañía Transcontinental de Petróleo, S.A.-5 de julio de 1939.-Cinco votos.-La publicación no menciona el nombre del ponente.

Informe de 1939, Quinta Época, página 77, Segunda Sala.

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