Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis num. 328 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro918903
MateriaLaboral,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Procesal
EmisorSegunda Sala

De conformidad con los artículos 1o., 2o., fracciones I, II, V, VI y IX, y 3o. de la Ley de Aeropuertos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de diciembre de 1995, los aeropuertos son parte integrante de las vías generales de comunicación sujetos a la jurisdicción federal que deben proporcionar, entre otros, servicios comerciales a los pasajeros. Por tanto, corresponde a la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje el conocimiento del juicio laboral promovido contra una empresa que presta servicio de restaurante en un aeropuerto internacional, por tratarse de trabajos en zona federal relacionados con la actividad propia del organismo que opera en la zona federal de brindar atención a pasajeros, surtiéndose así la hipótesis de competencia federal establecida en los artículos 123, apartado A, fracción XXXI, inciso b, subinciso 3, constitucional y 527, fracción II, inciso 3, de la Ley Federal del Trabajo.

Competencia 215/98.-Suscitada entre la Junta Especial Número Uno bis de la Local de Conciliación y Arbitraje en el Distrito Federal y Junta Especial Número Dieciséis de la Federal de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal.-16 de octubre de 1998.-Unanimidad de cuatro votos.-Ausente: M.A.G..-Ponente: M.A.G.; en su ausencia el Ministro G.D.G.P. hizo suyo el asunto.-Secretaria: L.F.M.G.P..


Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, T.V., diciembre de 1998, página 423, Segunda Sala, tesis 2a. CXXXVII/98.



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