Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis num. 219 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro921291
MateriaConstitucional
EmisorSegunda Sala

La orden para la práctica de una visita de verificación, prevista en el artículo 63 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, constituye un acto administrativo que contiene la expresión de una entidad de la administración pública federal en el ejercicio de su función administrativa, tendiente a la realización de los fines encomendados por la ley. En consecuencia, la circunstancia de que en ese precepto no se establezcan como requisitos de la orden relativa que se funde, motive y que se precise el nombre de la persona a quien se dirija, no infringe las garantías de legalidad y seguridad jurídica consagradas en el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, toda vez que el artículo 3o. de la ley en cita, que establece los requisitos y los elementos que debe satisfacer el acto administrativo, prevé en sus fracciones V y XII, que los actos de este tipo deben estar debidamente fundados y motivados y ser expedidos sin que medie error respecto a la referencia específica de identificación del expediente, documentos o nombre completo de las personas a quienes se dirijan.

Amparo directo en revisión 988/2002.-F.L.S. de septiembre de 2002.-Unanimidad de cuatro votos.-Ausente: G.I.O.M.: M.A.G..-Secretario: J. de J.M.L..


Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, T.X., octubre de 2002, página 478, Segunda Sala, tesis 2a. CXXX/2002.

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