Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 1 de Mayo de 2008 (Tesis num. 2a. LX/2008 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 01-05-2008 (Tesis Aisladas))

Número de resolución2a. LX/2008
Fecha de publicación01 Mayo 2008
Fecha01 Mayo 2008
Número de registro169581
Localizador9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XXVII, Mayo de 2008; Pág. 238
EmisorSegunda Sala
MateriaConstitucional,Administrativa

La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha sostenido que por monopolio debe entenderse todo acto que evite o tienda a evitar la libre concurrencia en la producción, industria o comercio y, en general, todo lo que constituya una ventaja exclusiva e indebida a favor de una o varias personas, con perjuicio del público en general o de una clase social determinada. Así, el artículo 55 bis de la Ley General de Vida Silvestre que prohíbe la importación, exportación y reexportación de mamíferos marinos, no propicia la creación de monopolios prohibidos por el artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, pues no otorga a favor de determinadas personas el aprovechamiento exclusivo de dichas especies, ni tiene el alcance de perjudicar al público en general o a cierta clase social en específico.

Amparo en revisión 1555/2006. C., S.A. de C.V. 10 de noviembre de 2006. Unanimidad de cuatro votos. Ausente y Ponente: G.I.O.M.; en su ausencia hizo suyo el asunto J.D.R.. Secretaria: G.L. de la Vega Romero.


Amparo en revisión 46/2007. Delfines Interactivos, S.A. de C.V. 23 de abril de 2008. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: G.D.G.P.. Ponente: J.F.F.G.S.. Secretario: J.B.H..

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