Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 1 de Mayo de 2008 (Tesis num. 2a. LXIX/2008 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 01-05-2008 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | 2a. LXIX/2008 |
Fecha de publicación | 01 Mayo 2008 |
Fecha | 01 Mayo 2008 |
Número de registro | 169712 |
Localizador | 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XXVII, Mayo de 2008; Pág. 226 |
Emisor | Segunda Sala |
Materia | Común,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional |
Conforme a los artículos 107, fracción XIII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 192, 197 y 197-A de la Ley de Amparo, la resolución de las contradicciones de tesis tiene la finalidad de acabar con la inseguridad jurídica que provoca la discrepancia de criterios entre órganos jurisdiccionales terminales al resolver sobre el mismo tema jurídico, lo que se logra a través de la fijación de una jurisprudencia emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación que unifique el criterio que debe aplicarse en lo subsecuente, para la solución de asuntos similares a los que dieron origen a la disparidad de posturas. En ese sentido, la denuncia formulada por el legitimado para ello, en términos de los preceptos invocados, constituye un mero requisito de procedibilidad necesario para que el órgano competente, con intervención del Procurador General de la República, examine los criterios presuntamente contradictorios para establecer si existe o no disconformidad en las consideraciones relativas y, en su caso, emita el criterio prevaleciente, sin que el tema precisado por el denunciante como probablemente divergente vincule al Tribunal en Pleno o a las Salas del Alto Tribunal para que su análisis se limite a ese punto jurídico específico, porque el propósito formal de la denuncia queda satisfecho en la medida en que da origen al trámite de la contradicción de tesis y justifica la legitimación correspondiente.
Contradicción de tesis 32/2008-SS. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Primero y Tercero, ambos en Materia Administrativa del Segundo Circuito. 7 de mayo de 2008. Mayoría de cuatro votos. Disidente: M.B.L.R.. Ponente: G.D.G.P.. Secretario: R.A.F.S..
Nota: Esta tesis no constituye jurisprudencia, ya que no resuelve el tema de la contradicción planteada.
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Ejecutoria num. 10/2022 de Plenos de Circuito, 06-01-2023 (CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS (ANTES CONTRADICCIÓN DE TESIS))
...órgano y el resto de los tribunales contendientes. Lo anterior con apoyo en las tesis de jurisprudencia y asilada (sic) 1a./J. 22/2010 y 2a. LXIX/2008 que, respectivamente, emitieron la Primera y Segunda Salas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de rubros: "CONTRADICCIÓN DE TESIS ......
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 29-09-2021 (CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS (ANTES CONTRADICCIÓN DE TESIS) 155/2020)
...con la única limitante de que la decisión se tomará por la mayoría de los Ministros integrantes. Ilustran esta situación los criterios 2a. LXIX/2008 y 2a. V/2016 de rubros, respectivamente, “CONTRADICCIÓN DE TESIS. EL TEMA DE LA PROBABLE DIVERGENCIA DE CRITERIOS, PRECISADO EN LA DENUNCIA RE......
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Ejecutoria num. 48/2019 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 27-08-2021 (CONTRADICCIÓN DE TESIS)
...la legitimación correspondiente. Al respecto, esta Primera Sala comparte el criterio sostenido por la Segunda Sala en la tesis aislada 2a. LXIX/2008, de rubro y texto "CONTRADICCIÓN DE TESIS. EL TEMA DE LA PROBABLE DIVERGENCIA DE CRITERIOS, PRECISADO EN LA DENUNCIA RELATIVA, NO VINCULA AL T......
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 27-06-2012 (CONTRADICCIÓN DE TESIS 52/2012)
...contradicción de criterios, aun cuando la misma fuera evidente.--- Al respecto, es aplicable, en lo conducente, la tesis aislada 2a. LXIX/2008, Tomo XXVII, Mayo de 2008, del Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, sustentada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la......
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Ley del Seguro Social. Jurisprudencia Núm. VIII-J-SS-120
...(P./J. 72/2010). La resolución de la contradicción no se limita o se encuentra condicionada a las cuestiones denunciadas (tesis 2a. LXIX/2008). La contradicción puede abarcar puntos de oposición implícitos en los fallos contendientes (P./J. En la contradicción no debe resolverse neces......