Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 1 de Octubre de 2009 (Tesis num. 2a. CXVI/2009 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 01-10-2009 (Tesis Aisladas))

Número de resolución2a. CXVI/2009
Fecha de publicación01 Octubre 2009
Fecha01 Octubre 2009
Número de registro166235
Localizador9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XXX, Octubre de 2009; Pág. 1080
EmisorSegunda Sala
MateriaConstitucional,Administrativa,Derecho Fiscal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional

Acorde con la evolución constitucional de la facultad de revisión de la cuenta pública, se advierte que los órganos encargados de auditar a los entes públicos tienen la posibilidad de evaluar que sus gastos sean razonables, justificados y correspondan a las partidas respectivas, con la posibilidad de promover el fincamiento de responsabilidades en caso de advertir irregularidades. Esta función de singular importancia para lograr el correcto manejo de los fondos públicos no significa que el auditor se encuentre por encima de los órganos de gobierno fiscalizados y pueda decidir la forma y la materia sobre la cual se aplicarán los recursos como si fuera su administrador directo, porque en tal caso se convertiría en autoridad suprema en los órdenes federal, estatal y municipal lo que se aleja del régimen constitucional actual ocasionando una indebida invasión de esferas susceptible de remediarse a través del juicio de controversia constitucional previsto en la fracción I del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Controversia constitucional 31/2009. Municipio de Zacatecas, Estado de Zacatecas. 23 de septiembre de 2009. Mayoría de tres votos. Disidentes: G.D.G.P. y J.F.F.G.S.. Ponente: M.A.G.. Secretario: Ó.P.C..

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