Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 1 de Marzo de 2010 (Tesis num. 2a./J. 35/2010 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 01-03-2010 (Contradicción de Tesis))

Número de registro164912
Número de resolución2a./J. 35/2010
Fecha de publicación01 Marzo 2010
Fecha01 Marzo 2010
Localizador9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XXXI, Marzo de 2010; Pág. 1038
EmisorSegunda Sala
Tipo de JurisprudenciaContradicción de Tesis
MateriaAdministrativa,Derecho Fiscal,Derecho Público y Administrativo

Los indicados preceptos legales prevén la posibilidad de que las autoridades interpongan recurso de revisión fiscal contra determinadas resoluciones o sentencias definitivas, siempre que éstas se refieran a alguno de los supuestos de procedencia señalados en sus diversas fracciones; y específicamente, la contenida en la fracción III, inciso f), que indica que debe tratarse de resoluciones dictadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por autoridades fiscales de las entidades federativas coordinadas en ingresos federales, o por el Servicio de Administración Tributaria, siempre que se afecte el interés fiscal de la Federación, no exige para su procedencia la actualización de la hipótesis establecida en la fracción I, relativa a la cuantía del asunto, pero sí requiere que esa afectación se relacione con alguno de los incisos que integran la propia fracción III, pues no puede ser analizada de manera aislada. En ese sentido, se concluye que si por causa de una resolución se afecta el interés del Fisco Federal, da lugar a la interposición del recurso de revisión fiscal si además esa afectación se relaciona con la interpretación de leyes o reglamentos en forma tácita o expresa; a la determinación del alcance de los elementos esenciales de las contribuciones; a la competencia de la autoridad que haya dictado u ordenado la resolución impugnada o tramitado el procedimiento del que deriva o al ejercicio de las facultades de comprobación, y no debe atenderse al monto del asunto.

PRECEDENTES:

Contradicción de tesis 434/2009. Entre las sustentadas por el Segundo Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Segunda Región y los Tribunales Colegiados Primero, Segundo y Cuarto, todos en Materia Administrativa del Primer Circuito. 27 de enero de 2010. Cinco votos. Ponente: M.B.L.R.. Secretaria: C.M.P..

Tesis de jurisprudencia 35/2010. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del tres de marzo de dos mil diez.

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