Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 1 de Abril de 2006 (Tesis num. 2a./J. 46/2006 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 01-04-2006 (Contradicción de Tesis))

Número de registro175235
Número de resolución2a./J. 46/2006
Fecha de publicación01 Abril 2006
Fecha01 Abril 2006
Localizador9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XXIII, Abril de 2006; Pág. 241
EmisorSegunda Sala
Tipo de JurisprudenciaContradicción de Tesis
MateriaAdministrativa

El artículo 153 del Código Fiscal de la Federación prevé que el jefe de la oficina exactora podrá, bajo su responsabilidad, nombrar y remover libremente a los depositarios. Por su parte, el artículo 124, fracción I, del ordenamiento citado dispone que el recurso de revocación es improcedente contra actos que no afecten el interés jurídico del recurrente. En tal virtud, si el referido artículo 153 no faculta al contribuyente para exigir a la autoridad que el cargo de depositario recaiga en alguna persona sugerida por él, es evidente que aquél carece de interés jurídico para impugnar la resolución mediante la cual se realiza tal designación.

PRECEDENTES:

Contradicción de tesis 222/2005-SS. Entre las sustentadas por el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito y el Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Tercer Circuito. 15 de marzo de 2006. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: G.I.O.M.. Ponente: J.D.R.. Secretario: J.B.H..

Tesis de jurisprudencia 46/2006. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del treinta y uno de marzo de dos mil seis.

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