Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 1 de Julio de 2006 (Tesis num. 2a./J. 95/2006 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 01-07-2006 (Contradicción de Tesis))

Número de registro174688
Número de resolución2a./J. 95/2006
Fecha de publicación01 Julio 2006
Fecha01 Julio 2006
Localizador9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XXIV, Julio de 2006; Pág. 354
EmisorSegunda Sala
Tipo de JurisprudenciaContradicción de Tesis
MateriaAdministrativa

De los artículos 19 de la Ley de Amparo y 105, primer párrafo, del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, se advierte que los servidores públicos a que se refiere el mencionado precepto reglamentario tienen legitimación procesal activa para interponer el recurso de revisión contra una sentencia dictada en amparo en suplencia del Secretario de Hacienda y Crédito Público, en el orden establecido, sin necesidad de acreditar su ausencia y, en su caso, la de los restantes servidores que le preceden, en tanto que el artículo 19 de la Ley de Amparo no lo exige. Estimar lo contrario haría nugatorio el objetivo perseguido con el establecimiento de la sustitución por ausencia, consistente en que se atiendan los asuntos cuya resolución resulte indispensable para el buen funcionamiento de las dependencias oficiales, cuando por cualquier motivo su titular se encuentre imposibilitado para ello.

PRECEDENTES:

Contradicción de tesis 79/2006-SS. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Primero y Tercero, ambos en Materia Administrativa del Cuarto Circuito. 9 de junio de 2006. Cinco votos. Ponente: G.I.O.M.. Secretaria: G.L. de la Vega Romero.

Tesis de jurisprudencia 95/2006. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del dieciséis de junio de dos mil seis.

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