Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 1 de Febrero de 2005 (Tesis num. 2a./J. 13/2005 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 01-02-2005 (Contradicción de Tesis))
Número de registro | 179236 |
Número de resolución | 2a./J. 13/2005 |
Fecha de publicación | 01 Febrero 2005 |
Fecha | 01 Febrero 2005 |
Localizador | 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XXI, Febrero de 2005; Pág. 320 |
Emisor | Segunda Sala |
Tipo de Jurisprudencia | Contradicción de Tesis |
Materia | Laboral,Derecho Laboral y Seguridad Social |
Los artículos 63 y 28 de la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos al Servicio del Estado y de los Municipios de Guanajuato establecen, respectivamente, que los servidores públicos de base que laboren en esa entidad tendrán derecho al pago de una prima de antigüedad, la cual consistirá en el importe de por lo menos doce días de salario o sueldo por cada año de servicios, y en el supuesto de no haber cumplido el año, la parte proporcional que les corresponda, así como el concepto de salario y la forma en que se integra. Ahora bien, toda vez que la ley burocrática mencionada prevé expresamente cómo debe calcularse la citada prima de antigüedad, es innecesario acudir a la aplicación supletoria de la Ley Federal del Trabajo, la cual sólo opera cuando no sea clara la regulación de la prestación, el derecho o la institución de que se trate; esta interpretación, además, es la más favorable al trabajador, con lo que se satisface el principio de in dubio pro operario que establece el artículo 9o. del ordenamiento local indicado.
PRECEDENTES:
Contradicción de tesis 177/2004-SS. Entre las sustentadas por el Cuarto Tribunal Colegiado del Décimo Sexto Circuito y Quinto Tribunal Colegiado del Décimo Sexto Circuito. 4 de febrero de 2005. Cinco votos. Ponente: G.I.O.M.. Secretaria: M.G.P..
Tesis de jurisprudencia 13/2005. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del once de febrero de dos mil cinco.
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 05-04-2017 (AMPARO EN REVISIÓN 271/2016)
...pro persona –en su vertiente de metacriterio de selección normativa– en algunos asuntos, como lo refleja la tesis jurisprudencial 2a./J. 13/2005, registro de IUS 179236, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, febrero de 2005, Tomo XXVI, página 320, cu......