Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 1 de Abril de 2005 (Tesis num. 2a./J. 44/2005 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 01-04-2005 (Contradicción de Tesis))

Número de registro178744
Número de resolución2a./J. 44/2005
Fecha de publicación01 Abril 2005
Fecha01 Abril 2005
Localizador9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XXI, Abril de 2005; Pág. 734
EmisorSegunda Sala
Tipo de JurisprudenciaContradicción de Tesis
MateriaLaboral,Derecho Laboral y Seguridad Social

Cuando se ofrece como prueba un documento privado en copia simple o fotostática y se solicita, además, su compulsa o cotejo con el original "para el caso de objeción", señalando el lugar en que se encuentre, en términos del artículo 798 de la Ley Federal del Trabajo, no es necesario que dicho documento sea efectivamente objetado para que la Junta ordene su perfeccionamiento a través de la compulsa o cotejo propuesto, porque ello implicaría desvirtuar el propósito perseguido por el oferente consistente en mejorar el valor probatorio del documento para salvar la objeción que pudiere hacerse, además de que sería ilógico que el perfeccionamiento dependiera de la voluntad de su contraparte, esto es, de que decida o no objetarlo, máxime que la Ley Federal del Trabajo establece la posibilidad de perfeccionar ese tipo de documentos sin la condición de la objeción aludida, como se desprende de su artículo 807, de manera que debe considerarse que el perfeccionamiento ofrecido para el caso de objeción no está condicionado a que aquélla exista.

PRECEDENTES:

Contradicción de tesis 202/2004-SS. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Sexto y Noveno, ambos en Materia de Trabajo del Primer Circuito. 11 de marzo de 2005. Cuatro votos. Ausente: G.D.G.P.. Ponente: J.D.R.. Secretario: C. de J.M.S..

Tesis de jurisprudencia 44/2005. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del dieciocho de marzo de dos mil cinco.

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