Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 1 de Octubre de 2005 (Tesis num. 2a./J. 125/2005 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 01-10-2005 (Contradicción de Tesis))
Número de registro | 176940 |
Número de resolución | 2a./J. 125/2005 |
Fecha de publicación | 01 Octubre 2005 |
Fecha | 01 Octubre 2005 |
Localizador | 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XXII, Octubre de 2005; Pág. 781 |
Emisor | Segunda Sala |
Tipo de Jurisprudencia | Contradicción de Tesis |
Materia | Administrativa |
La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha sostenido que conforme a los artículos 107, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 4o. y 73, fracción V, de la Ley de Amparo, para acreditar el interés jurídico, el promovente debe ser titular del derecho que se aduce violado con el acto reclamado y que éste produzca una afectación a su esfera jurídica. Asimismo, que el interés jurídico es considerado por la doctrina como un derecho subjetivo, el cual supone una facultad de exigir y una obligación correlativa que se traduce en el deber jurídico de cumplir dicha exigencia. En ese sentido, se concluye que los alumnos del curso para ingresar a la institución del Ministerio Público de la Federación cuentan con interés jurídico para impugnar en amparo la declaratoria de baja o separación del citado curso, en cuanto ello trae como consecuencia la pérdida de su calidad de alumnos, pues el derecho a la permanencia en aquél deriva del cumplimiento de los requisitos exigidos para su aceptación y los relativos a su desarrollo.
PRECEDENTES:
Contradicción de tesis 126/2005-SS. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Segundo y Séptimo, ambos en Materia Administrativa del Primer Circuito. 13 de septiembre de 2005. Cinco votos. Ponente: J.D.R.. Secretario: A.T.E..
Tesis de jurisprudencia 125/2005. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del veintitrés de septiembre de dos mil cinco.
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Sentencia con número de expediente 862/2022. Juzgado Primero de Distrito en el Estado de San Luis Potosí, 2022-11-15
...obtener el cargo respectivo en la Procuraduría General de la República, el análisis de los criterios jurisprudenciales 2a./J. 12/2002, 2a./J. 125/2005 y 2a./J. 180/2005, rubros: "UNIVERSIDADES PÚBLICAS AUTÓNOMAS. PEDRO IGNACIO ARREDONDO RAMÍREZ 70.6a.66.20.63.6a.66.00.00.00.00.00.00.00.00.0......
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 14-11-2012 (SOLICITUD DE EJERCICIO DE LA FACULTAD DE ATRACCIÓN 330/2012)
...o perjuicios que una persona puede sufrir, no afecten real y efectivamente sus bienes jurídicamente amparados.” 4 Tesis jurisprudencial 2a./J. 125/2005 de la Segunda Sala visible en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, novena época, tomo XXII, octubre de 2005, p. 781. “MINIST......
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 05-09-2012 (SOLICITUD DE EJERCICIO DE LA FACULTAD DE ATRACCIÓN 242/2012)
...o perjuicios que una persona puede sufrir, no afecten real y efectivamente sus bienes jurídicamente amparados.” 2 Tesis jurisprudencial 2a./J. 125/2005 de la Segunda Sala visible en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, novena época, tomo XXII, octubre de 2005, p. 781. “MINIST......
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 03-04-2013 (CONTRADICCIÓN DE TESIS 501/2012)
...o perjuicios que una persona puede sufrir, no afecten real y efectivamente sus bienes jurídicamente amparados.” 5 Tesis jurisprudencial 2a./J. 125/2005 de la Segunda Sala visible en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, novena época, tomo XXII, octubre de 2005, p. 781. “MINIST......