Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 1 de Enero de 2004 (Tesis num. 2a./J. 120/2003 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 01-01-2004 (Contradicción de Tesis))

Número de registro182323
Número de resolución2a./J. 120/2003
Fecha de publicación01 Enero 2004
Fecha01 Enero 2004
Localizador9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XIX, Enero de 2004; Pág. 208
EmisorSegunda Sala
Tipo de JurisprudenciaContradicción de Tesis
MateriaLaboral

El artículo 42, fracción II, de la Ley Federal del Trabajo dispone que es causa de suspensión de la relación laboral la incapacidad temporal ocasionada por un accidente o enfermedad que no constituya un riesgo de trabajo, la cual tiene por efecto liberar al trabajador y al patrón de la obligación de cumplir con la prestación del servicio y el pago del salario, respectivamente, por el tiempo que dure dicha causa; sin embargo, ello no impide que durante la vigencia de esa suspensión cualquiera de las partes haga uso de su derecho para dar por terminada la relación laboral por causas distintas a las que originaron la mencionada suspensión, principio que deriva de lo dispuesto en el artículo 46 del citado ordenamiento, el cual previene que "el trabajador o el patrón podrá rescindir en cualquier tiempo la relación de trabajo, por causa justificada, sin incurrir en responsabilidad."

PRECEDENTES:

Contradicción de tesis 91/2003-SS. Entre las sustentadas por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito, el Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito, actualmente Primer Tribunal Colegiado de la misma materia y circuito y por el Tribunal Colegiado del Décimo Séptimo Circuito, ahora Primer Tribunal Colegiado del mismo circuito. 21 de noviembre de 2003. Cinco votos. Ponente: J.V.A.A.. Secretaria: Estela J.F..

Tesis de jurisprudencia 120/2003. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del tres de diciembre de dos mil tres.

3 sentencias

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