Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 1 de Enero de 2004 (Tesis num. 2a./J. 121/2003 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 01-01-2004 (Contradicción de Tesis))

Número de registro182286
Número de resolución2a./J. 121/2003
Fecha de publicación01 Enero 2004
Fecha01 Enero 2004
Localizador9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XIX, Enero de 2004; Pág. 245
EmisorSegunda Sala
Tipo de JurisprudenciaContradicción de Tesis
MateriaLaboral,Derecho Laboral y Seguridad Social

La Ley Federal del Trabajo no contempla la hipótesis relativa a la forma en que debe calificarse el embargo practicado en un bien inmueble de un tercero ajeno a la relación procesal; no obstante tomando en consideración que el artículo 17 de la propia Ley establece que ante la falta de disposición expresa en la Constitución, en dicha Ley, en sus Reglamentos o en los tratados a que se refiere el artículo 6o., debe acudirse a la jurisprudencia, y advirtiéndose que este precepto no establece que deba referirse a la materia laboral, es inconcuso que se pueden tomar en consideración, inclusive, las jurisprudencias de otras materias, siempre y cuando sean aplicables al caso, pues es regla de derecho que donde el legislador no distingue, el juzgador no puede establecer distinciones. Por tanto, criterios jurisprudenciales como el contenido en la tesis de la extinta Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, intitulada "EMBARGO PRACTICADO EN BIENES SALIDOS DEL PATRIMONIO DEL DEUDOR, ILEGALIDAD DEL.", tienen aplicación en los juicios laborales, así como en los juicios de garantías que se promuevan contra actos provenientes de procedimientos en materia de trabajo, por resolver problemas esencialmente iguales.

PRECEDENTES:

Contradicción de tesis 124/2003-SS. Entre las sustentadas por el Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Primer Circuito y el entonces Tribunal Colegiado en Materia Administrativa y de Trabajo del Séptimo Circuito. 21 de noviembre de 2003. Cinco votos. Ponente: J.D.R.. Secretario: G.A.J..

Tesis de jurisprudencia 121/2003. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del tres de diciembre de dos mil tres.

Nota: La tesis citada, aparece publicada con el número 701 en el Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1995, Tomo IV, Materia Civil, página 514.

7 sentencias

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR