Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 1 de Febrero de 2004 (Tesis num. 2a./J. 4/2004 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 01-02-2004 (Contradicción de Tesis))
Número de registro | 182246 |
Número de resolución | 2a./J. 4/2004 |
Fecha de publicación | 01 Febrero 2004 |
Fecha | 01 Febrero 2004 |
Localizador | 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XIX, Febrero de 2004; Pág. 95 |
Emisor | Segunda Sala |
Tipo de Jurisprudencia | Contradicción de Tesis |
Materia | Administrativa,Derecho Público y Administrativo |
En términos de lo dispuesto en los artículos 21, 22 y 23 de la Ley Agraria, la asamblea general de comuneros o ejidatarios es el órgano supremo del ejido, a la que compete, entre otros asuntos, determinar el destino de las tierras que no estén formalmente parceladas, efectuar y reconocer el parcelamiento económico o de hecho, regularizar la tenencia de los posesionarios o de quienes carezcan de los certificados correspondientes; por tanto, es a dicho órgano a quien corresponde la asignación de tierras, parcelas y solares. Ahora bien, si la mencionada asamblea, al resolver, deja "en conflicto" una determinada parcela o solar, o "a salvo los derechos" del solicitante, tales determinaciones u otras similares equivalen a una negativa, de modo que los afectados podrán impugnarla, en términos de lo dispuesto en los artículos 61 de la Ley Agraria y 18 de la Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios, ante el Tribunal Unitario Agrario, el que está en aptitud de pronunciarse en cuanto al fondo.
PRECEDENTES:
Contradicción de tesis 80/2003-SS. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Segundo y Tercero, ambos en Materia Administrativa del Sexto Circuito. 16 de enero de 2004. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: J.D.R.. Secretaria: M.Y.G.V..
Tesis de jurisprudencia 4/2004. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del veintitrés de enero de dos mil cuatro.
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 22-09-2004 (CONTRADICCIÓN DE TESIS 92/2004-SS)
...que ello se traduce en resolver el fondo del asunto. Las consideraciones que anteceden originaron la tesis de jurisprudencia número 2a./J. 4/2004, cuyo rubro, texto y datos de localización, son los siguientes: “ASAMBLEA GENERAL DE COMUNEROS O EJIDATARIOS. LE COMPETE ASIGNAR LAS PARCELAS Y S......
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Sentencia con Número de Expediente 126/2020-41 de Tribunal Agrario - TUA 41 Acapulco, 13/07/2022
...a la petición del interesado, éste podrá reclamar sus derechos ante el tribunal agrario competente. Es aplicable la jurisprudencia número 2a./J. 4/2004. Registro 182246. Instancia: Segunda Sala. Novena Época. Materias(s): Administrativa. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gace......
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Sentencia con Número de Expediente 57/2021-41 de Tribunal Agrario - TUA 41 Acapulco, 01/07/2022
...quien se considere afectado podrá reclamar sus derechos ante el tribunal agrario competente. Es aplicable la jurisprudencia número 2a./J. 4/2004. Registro 182246. Instancia: Segunda Sala. Novena Época. Materias(s): Administrativa. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Tom......
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Sentencia con Número de Expediente 348/2018 acum 480/2018-41 de Tribunal Agrario - TUA 41 Acapulco, 06/07/2022
...Jurisprudencia, Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo XIX, Febrero de 2004, Materia(s): Administrativa, Tesis: 2a./J. 4/2004, Página: 95.” Luego, de la copia certificada del acta de Asamblea General de Comuneros de trece de agosto del dos mil (fojas 221 a 240), relat......