Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 1 de Mayo de 2004 (Tesis num. 2a./J. 61/2004 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 01-05-2004 (Contradicción de Tesis))
Número de registro | 181541 |
Número de resolución | 2a./J. 61/2004 |
Fecha de publicación | 01 Mayo 2004 |
Fecha | 01 Mayo 2004 |
Localizador | 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XIX, Mayo de 2004; Pág. 559 |
Emisor | Segunda Sala |
Tipo de Jurisprudencia | Contradicción de Tesis |
Materia | Laboral |
El artículo 123, apartado A, fracción XXI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece la "insumisión al arbitraje", consistente en la negativa del patrón a someter sus diferencias al arbitraje de la Junta, y aunque en aquél no se especifican las acciones respecto de las que opera, las consecuencias que resultan de su ejercicio conducen a concluir que dicha institución sólo procede respecto de la reinstalación al demandarse el cumplimiento del contrato de trabajo, pues el legislador ordinario, en el artículo 947 de la Ley Federal del Trabajo, dispuso que ante su procedencia la Junta dará por terminado el contrato de trabajo y el patrón estará obligado a pagar al obrero, a título de indemnización, el importe de tres meses de salario y la responsabilidad que le resulte del conflicto, que se refiere al originado por el cumplimiento del contrato laboral y no del que pudiera surgir de las demás acciones que integren la litis natural, responsabilidad que se fija en atención al tiempo de duración de la relación laboral en términos de las fracciones I y II del artículo 50 de la ley citada, al que remite el referido artículo 947. En esa medida, es claro que las indemnizaciones que el patrón está obligado a cubrir al trabajador con motivo de la insumisión al arbitraje, no pueden ser aplicables a acciones diversas a la de reinstalación por despido injustificado, como son las relativas a vacaciones, prima vacacional, aguinaldo y horas extras, entre otras, puesto que aquéllas se fijaron como una retribución a la consecuente declaración de terminación del contrato de trabajo en lugar de su cumplimiento mediante la reinstalación demandada, tan es así que la finalidad primordial de las reformas a las fracciones XXI y XXII del artículo 123, apartado A, constitucional, fue impedir que el patrón opusiera su negativa a someter sus diferencias al arbitraje o a acatar el laudo pronunciado por la Junta, cuando el trabajador despedido injustificadamente hiciera uso del derecho a la permanencia en el empleo demandando el cumplimiento del contrato mediante su reinstalación, pero también se consideró la necesidad de establecer algunas excepciones a esa regla general al contemplar en la propia fracción XXII, la posibilidad de que el patrón quede eximido "de la obligación de cumplir el contrato" en los casos que determine la ley secundaria, lo que implica que sólo respecto de la reinstalación proceda la excepción de referencia, ya que si el trabajador opta por la indemnización constitucional ello denota su voluntad de dar por terminada la relación laboral. Por tanto, de acuerdo con la naturaleza jurídica de la insumisión al arbitraje, ésta solamente procede, de manera excepcional, respecto de la acción de reinstalación por despido injustificado, cuando se actualiza alguno de los casos que limitativamente reglamenta la Ley Federal del Trabajo en su artículo 49, lo que por disposición del propio Constituyente Permanente se traduce en una excepción a la estabilidad en el empleo y, por lo mismo, no es oponible respecto de otras acciones aunque se ejerzan en la misma demanda.
PRECEDENTES:
Contradicción de tesis 128/2003-SS. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Sexto y Noveno, ambos en Materia de Trabajo del Primer Circuito. 23 de abril de 2004. Cinco votos. Ponente: G.I.O.M.. Secretaria: A.G.F..
Tesis de jurisprudencia 61/2004. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del treinta de abril de dos mil cuatro.
-
Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 04-11-2009 ( AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1875/2009 )
...Laboral Novena Época Instancia: Segunda Sala Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Tomo: XIX, mayo de 2004 Tesis: 2a./J. 61/2004 Página: “INSUMISIÓN AL ARBITRAJE. SÓLO PROCEDE, DE MANERA EXCEPCIONAL, RESPECTO DE LA ACCIÓN DE REINSTALACIÓN POR DESPIDO INJUSTIFICADO, SIEMPRE......
-
Sentencia con número de expediente 351/2022. Juzgado Sexto de Distrito de Amparo y Juicios Federales en el Estado de Querétaro, 2022-04-29
...d. si el trabajo es en el servicio doméstico; y e. cuando se trate de trabajadores eventuales, en ocasión a lo que citó la jurisprudencia 2a./J. 61/2004, que “INSUMISIÓN AL ARBITRAJE. SÓLO PROCEDE, DE MANERA EXCEPCIONAL, RESPECTO DE LA ACCIÓN DE REINSTALACIÓN POR DESPIDO INJUSTIFICADO, SIEM......
-
Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 08-03-2017 (AMPARO EN REVISIÓN 1097/2016)
...normativos. 1 Sobre el particular, se pronunció la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la jurisprudencia 2a./J. 61/2004, consultable en la página 559, Tomo XIX, Mayo de 2004, del Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, correspondiente a la Novena Época, de......
-
Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 26-04-2017 (AMPARO EN REVISIÓN 1337/2015)
...658, registro 162113. 41 Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Segunda Sala, Tomo XIX, Mayo de 2004, tesis 2a./J. 61/2004, página 559, registro 42 Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Segunda Sala, Tomo XXVI, Octubre de 2007, tesis 2a./J. 1......
-
Se levanta el aplazamiento del dictado de la sentencia en amparos contra el artículo 947 de la LFT (facultades de la junta ante la negativa del patrón para someterse al arbitraje o aceptar el laudo)
...2a. L/2011, 2a. LI/2011 y 2a. LII/2011 que de manera conjunta con los jurisprudenciales visibles en las tesis 2a./J. 1/2002, 2a./J. 61/2004, 2a./J. 163/2006 y 2a./J. 183/2007, permiten resolver los amparos en...