Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 1 de Febrero de 2003 (Tesis num. 2a./J. 3/2003 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 01-02-2003 (Contradicción de Tesis))
Número de registro | 184883 |
Número de resolución | 2a./J. 3/2003 |
Fecha de publicación | 01 Febrero 2003 |
Fecha | 01 Febrero 2003 |
Localizador | 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XVII, Febrero de 2003; Pág. 225 |
Emisor | Segunda Sala |
Tipo de Jurisprudencia | Contradicción de Tesis |
Materia | Común,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Derecho Procesal |
La existencia de la indicada jurisprudencia que establece la improcedencia del amparo promovido en contra del decreto presidencial del 31 de octubre de 1995 que exime del pago del impuesto al activo a determinados contribuyentes, no constituye una causa manifiesta e indudable de improcedencia que justifique siempre el desechamiento de la demanda de garantías promovida en su contra, pues la aplicación de un criterio jurisprudencial supone un análisis cuidadoso que debe hacerse hasta la audiencia constitucional en el contexto del caso concreto; estimar lo contrario, atentaría contra el derecho del gobernado a instar en su defensa la acción de los tribunales federales, así como contra el fin del legislador de permitir un acceso flexible y libre de tecnicismos a un pronto y efectivo control constitucional, además de que existe la posibilidad de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación, con fundamento en los artículos 194 y 197 de la Ley de Amparo, interrumpa o modifique el criterio establecido.
PRECEDENTES:
Contradicción de tesis 145/2002-SS. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Sexto y Décimo Primero, ambos en Materia Administrativa del Primer Circuito. 10 de enero de 2003. Cinco votos. Ponente: G.D.G.P.. Secretaria: V.N.R..
Tesis de jurisprudencia 3/2003. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del diecisiete de enero de dos mil tres.
Nota: La tesis P./. 59/97 citada aparece publicada con el rubro: "ACTIVO, IMPUESTO AL. IMPROCEDENCIA DEL AMPARO PROMOVIDO EN CONTRA DEL DECRETO DEL 31 DE OCTUBRE DE 1995 QUE EXIME DEL PAGO DE AQUÉL, A DETERMINADOS CONTRIBUYENTES.", en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, T.V., septiembre de 1997, página 5.
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Ejecutoria num. 24/2023 de Plenos Regionales, 08-09-2023 (CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS (ANTES CONTRADICCIÓN DE TESIS))
...se pretende subsumir; todo ello en aras de brindar seguridad jurídica a los justiciables. Sirve de apoyo a lo anterior, la jurisprudencia 2a./J. 3/2003, con registro digital: 184883, consultable en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, febrero de dos mil tres, pá......
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 06-02-2013 (AMPARO EN REVISIÓN 573/2012)
...adopta. De ahí que por este motivo también se desestime la decisión adoptada en el acuerdo recurrido. O. a lo anterior, la jurisprudencia 2a./J. 3/20035 sustentada por la Segunda Sala de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación, que comparte esta Primera Sala, cuyos rubro y texto son los......
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 06-02-2013 (AMPARO EN REVISIÓN 486/2012)
...elementos de prueba; ya que sin ellos podría el órgano jurisdiccional aplicarla de modos diferentes. O. a lo anterior, la jurisprudencia 2a./J. 3/2003, sustentada por la Segunda Sala de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación, que comparte esta Primera Sala, publicada en el Semanario Ju......
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Sentencia con número de expediente 10/2022. Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Quinto Circuito, 2022-07-06
...del amparo promovido en contra del decreto 8 Registro digital: 184883 Instancia: Segunda Sala Novena Época Materia(s): Común Tesis: 2a./J. 3/2003 Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Tomo XVII, Febrero de 2003, página 225 Tipo: Jurisprudencia 9 Registro digital: 197657 Instancia......
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...de improcedencia en el juicio de amparo puede conducir, bien al desechamiento del escrito inicial, bien al sobresei-88Cfr. Jurisprudencia 2a./J. 3/2003, Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, t. XVII, febrero de 2003, p. El principio de definitividad. ¿Es válido su e......